En el marco del amparo que presentaron los medios vecinales de comunicación contra la Resolución emitida por la Subsecretaría de Comunicación Social que rebaja la pauta publicitaria prevista en la Ley N° 2587, se produjo la importante novedad de la publicación de un Edicto emitido por el juzgado que lo trata.
Edicto del Juzgado Nº 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Avenida de Mayo 654, 7° piso (Frente) de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del Dr.Guillermo Scheibler, Secretaría Nº 25 a cargo de Ana Elisa Pasqualini, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (CCAyT; Ley 189) y en el marco delexpediente“Serres Luis Alberto y otros contra GCBA s/ Amparo”,Expediente 1899-2018 cita y emplaza por el término de diez (10) días a contar desde la última publicación del presente o de la publicidad efectuada por radiodifusión -lo que ocurra con fecha posterior-, a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso, ya sea como actora o demandada, y en particular a los titulares de Medios Gráficos Vecinales de Comunicación Social de la Ciudad de Buenos Aires debidamente inscriptos en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social de la Ciudad de Buenos Aires para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiestan lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado y sin perjuicio de lo previsto en el art. 84 y ss. delCCAyT.
A tal fin, se hace saber que el expediente mencionado tiene por objeto que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 813/2018 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social, en tanto modifica el sistema tarifario de la pauta institucional de los Medios Vecinales de Comunicación Social de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, se hace saber que el expediente se encuentra en su estado inicial, sin que se haya dispuesto hasta el momento el traslado de la demanda.
Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de julio de 2018.
Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: Redacción iJudicialel 2 agosto 2018