La Defensora del Pueblo de la Ciudad habló ante la Corte Suprema y propuso que se “incorpore la perspectiva de género como uno de los elementos constitutivos del ejercicio de este derecho”.
Natalia Denegri mantiene una lucha hace años por el “derecho al olvido” con el objetivo de desarticular su nombre y apellido de contenidos audiovisuales realizados a mediados de los ’90, en el marco del «Caso Coppola». Además, denunció que en ese entonces vivió bajo amenazas y extorsiones por parte de productores de televisión, policías y jueces.
En ese sentido, Denegri intenta que Google quite de su fórmula de búsqueda su nombre vinculado a los extractos audiovisuales de los programas en los que se la ve peleando con otras mujeres. Según su explicación, no tiene que ver con que borren noticias de aquella época, sino que al buscar su nombre en el reconocido buscador no aparezcan estos videos «que promueven la violencia de género y digital».
La Justicia le dio la razón a Denegri en primera y en segunda instancia, pero Google apeló, por eso el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que trató el tema. En la audiencia, participó la Defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, María Rosa Muiños, quien recomendó que “se incorpore la perspectiva de género como uno de los elementos constitutivos del ejercicio de este derecho”.
La intervención de la Defensora del Pueblo comenzó con la propuesta de que el «mal llamado Derecho al Olvido» pase a denominarse «Derecho de Supresión de Datos Personales».
Muiños habló “en representación y defensa de los vecinos y vecinas” de la Ciudad de Buenos Aires y recordó que “desde la sanción de la ley local de protección de datos personales, la Defensoría del Pueblo porteña es la autoridad de control en la materia respecto del sector público local”.
Respecto del caso Denegri que se analizó en la audiencia, Muiños opinó: “En la normativa vigente en nuestro país, se garantiza a toda persona el derecho a la rectificación, actualización y, cuando corresponda, la supresión. En este sentido entendemos que, bajo ese entramado normativo, el de hábeas data, corresponde dar solución al presente caso”.
Sobre la importancia de Internet en la vida de las personas, afirmó que esta herramienta se utiliza para “consumir, estudiar, relacionarnos con otras personas” y que, en ese contexto, “resulta muy difícil salirse de la lógica que imponen los intermediarios” como Google y otros buscadores. Por esa razón, Muiños pidió que “allí también deben aplicarse las reglas vigentes”.
En un tramo de su discurso, la Defensora del Pueblo ejemplificó con algunos casos de personas que se perjudican por información propia, desactualizada y perjudicial que sigue publicada en Internet: “Personas denunciadas por una contravención y luego absueltas, que tienen dificultad para conseguir empleo porque sus datos continúan apareciendo en la red sin actualizar”, dijo y añadió: “Personas que, optando por un cambio de identidad de género, siguen figurando con la identidad anterior”.
Además, remarcó la gravedad que tiene este tema para casos de violencia de género: “Trabajamos sobre la denuncia de una mujer que al colocar su nombre en el buscador surgía información de veinte años atrás, cuando había sido víctima de violencia de género, producto de una violación. Entendiendo ella que esto afectaba gravemente su intimidad, revictimizándola (…) Por eso está en nuestra agenda trabajar en ese sentido y por eso el retiro de información no consentida y sensible por motivos de género debe ser una prioridad”.
Sobre el final de su alocución, la representante de la Defensoría señaló que “el instituto que hoy se discute no podría aplicarse a casos de especial relevancia histórica, casos de corrupción, otros que involucren al ejercicio de la función pública o situaciones de especialísima trascendencia. Es decir que la baja de contenidos procedería cuando no se pongan en riesgo los derechos de otras personas”.
Respecto del proceso de Memoria, Verdad y Justicia en la Argentina, solicitó que “el instituto jurídico en discusión se denomine Derecho de Supresión de Datos Personales, tal como lo prevé la norma, para evitar que eventualmente esta sentencia quede emparentada en el futuro con olvidar”.